miércoles, 31 de octubre de 2012

INFORME


La trata de seres humanos en España: Víctimas invisibles.

Defensor del Pueblo.
Informes, estudios y documentos, 2012

 


“…La definición jurídica internacional de la trata de niños es distinta de la de la trata de adultos ya que requiere sólo un acto (traslado, venta, recepción, entre otros) realizado con el propósito de someterlos a explotación y no es necesario demostrar ningún medio, como el engaño, la coacción o el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad. Existe una carencia de datos generalizada respecto al número de menores víctimas de trata. El Defensor del Pueblo apunta que, ante la llegada de menores, se debe dar traslado al Ministerio Fiscal y registrar la llegada del menor en una base de datos independiente….
…(Esta) falta de coordinación apreciada entre la Fiscalía y las entidades de protección de menores que ejercen la tutela sobre los menores víctimas de trata dificulta gravemente el proceso de recuperación y el trabajo de las entidades especializadas que las acogen. Además provoca una revictimización de estos menores, ya que se ven sometidos a los mismos procedimientos varias veces…” 

FUENTE: Resumen de la Institución

Anexo normativa



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